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Corte de Derechos Humanos interfiere en fallos judiciales chilenos

La Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA (CIDH), acaba de acoger la demanda, el 5 de abril pasado, contra el Estado de Chile por supuesta discriminación contra la jueza lesbiana, Karen Atala, que perdió la tuición de sus hijas menores de edad en virtud del fallo de la Corte Suprema del año 2004.

Junto con acoger la demanda contra el Estado de Chile, la CIDH, recomendó un cambio en la legislación nacional para acabar con las supuestas discriminaciones por “orientación sexual”.

Tal resolución de la CIDH constituye no sólo un desconocimiento del orden jurídico chileno, sino también del propio fallo sobre el cual se está pronunciando.

En efecto, en Chile las “discriminaciones arbitrarias” están expresamente prohibidas por la Constitución, lo cual es una garantía para todas las personas. Sin embargo tal garantía no concede derechos para que los homosexuales puedan lesionar derechos de terceros.

Así, existen situaciones en que el ejercicio de algunos derechos debe ser postergado en beneficio de derechos anteriores, como es el caso de la facultad elemental de un menor a tener un padre y una madre y a ser educado por ellos.

Precisamente el fallo por el cual la citada jueza perdió el derecho a la tuición de sus hijas ni siquiera aludió a su condición de lesbiana; lo que sí quiso proteger es el derecho preferente de sus hijas a una educación sin el riesgo de ellas mismas ser discriminadas por causa de la condición de su madre. La jueza Atala, al recurrir a la CIDH, se aprovechó de su condición de lesbiana para reivindicando derechos que una madre heterosexual que perdiese judicialmente la tuición de sus hijos, no podría alegar.

Por su parte, la CIDH, al reconocerle ese derecho y al pretender introducir en nuestra legislación leyes que conceden un trato especial a todos los que puedan alegar estar siendo discriminados “por orientación sexual”, está estableciendo de hecho una condición privilegiada.

De acuerdo a este fallo de la CIDH, en Chile deberán existir dos clases de personas: las homosexuales que a propósito de cualquier perjuicio particular podrán alegar su condición de tales; y el resto de los chilenos, o sea más del 95 % de la población, la cual no contará con esa herramienta legal en su beneficio.

Esta condición de privilegio para los homosexuales está explícitamente prohibida en nuestra Constitución al establecer en su artículo 1° que, “todos las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

A lo anterior se debe agregar que por análogas razones se podrá condenar a Chile por penalizar el aborto, pues de acuerdo al Cedaw, (Convención para la eliminación de la discriminación a las mujeres, de la ONU), esto constituye una discriminación a la mujer.

Como es de público conocimiento, el Comité del Cedaw ya condenó en marzo de 1999 a Chile por no legalizar el aborto. Y precisamente la abogada Lorena Fríes representante de la jueza Atala en el juicio, es miembro del Comité del Cedaw y candidata a ocupar la presidencia de ese organismo.

Por lo anterior, si Chile ahora atiende la resolución de la CIDH, tendrá que renunciar a su soberanía jurídica, para seguir el dictamen de organismos internacionales que actúan muchas veces presionados por ONGs de feministas radicales.

Acción Familia, junto con manifestar su entera disconformidad con el reciente fallo de la CIDH, hace un llamado a los miembros de la Comisión constituida por el Ejecutivo para el estudio de este fallo, y lo insta a realizar una labor que junto con garantizar nuestra independencia jurídica y el fortalecimiento de la familia, no se deje llevar por el miedo al “qué dirán” internacional.

Acción Familia

Santiago, 7 de abril del 2010

8 abr 2010 | por Acción Familia | Tema: Destacados, Homosexualidad, Prensa

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    3 comentarios
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    1. Ya es tiempo también que hagamos ver a la jerarquía de la Iglesia Postconciliar vea con los ojos sin vendas de falsos y criminales derechos humanos. Estos sólo han probado ser el instrumento que Satanas, principe de los proterbos, ha usado para preparar el reino del Anticristo.
      Simplemente: hay que proclamara a los cuatro vientos, en nombre de los derechos del Altísimo, en nombre de los verdaderos derechos de las personas, y nombre de sencillamente la verdad, que los derechos humanos es la odiosa renovación del pecado de Adán y Eva, profetizada por el Apóstol san Pablo para estos tiempos de la apostasía.
      Si esta jerarquía eclesiástica no reacciona, es porque ellos mismos están casados con los derechos del hombre autónomo y ateo en la práctica, están casados con una falsa dignidad humana.
      Más claro, especialmente en el segundo párrafo, no lo puedo ver.

    2. Estoy de acuerdo con don Arturo Carvajal.
      Pinso que debemos sacar al debate la pena de muerte. Un hombre que hace 15 dias saliò de la carcel, luego de 18 años y se descubriò que matò a dos mujeres. Es biblico.

    3. Concuerdo con el ultimo parrafo del comentario emitido por Accion Familia en el sentido que nuestro pais debe regirse por
      las sanas costumbres que rigen nuestra convivencia nacional y no por la de otros paises con ideas mas relajadas en cuanto a la moral se refiere.P-esimo ejemplo nos han dado al favorecer a una jueza lesbiana que ya había sido juzgada por Chile.

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